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Un ex concejal del municipio de La Matanza fue condenado a prisión perpetua por el crimen de un hombre, asesinado en 2011 de un balazo en la cabeza cuando fue atacado por un grupo de personas en la localidad bonaerense de González Catán.
Se trata de Raúl Andrés Lizarraga (56), ex edil del Partido Justicialista (PJ) en el mencionado distrito del conurbano, quien recibió la pena máxima del Código Penal por el "homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el empleo de arma de fuego" en perjuicio de Virginio Viera (46).
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de La Matanza coincidió con el pedido del fiscal Alfredo Luppino y destacó en su sentencia a la que Télam tuvo acceso el testimonio de Nancy Elizabeth Gómez, esposa de Viera durante 24 años y con quien tuvo seis hijos.
Según el voto de la jueza Andrea Schiebeler, al que adhirieron los jueces Alfredo Drocchi y Matías Rouco, durante el debate oral la mujer relató dos secuencias, una de ellas ocurrida el domingo 21 de agosto de 2011 cuando un grupo de unas 15 personas llegaron a su casa ubicada en la manzana 1 del barrio Rodolfo Walsh, situado en ruta provincial 1001 y avenida Intendente Federico Russo, de González Catán.
La esposa de Viera dijo que un grupo de personas armadas con escopetas tipo Ithaca y revólveres le exigieron que su hijo Matías Viera le devolviera lo que presuntamente le había robado a Raúl Jesús Lizarraga (30), hijo del acusado y que se encuentra prófugo por este mismo homicidio.
Según su relato, uno era Lizarraga padre, quien en ese momento se identificó como "el concejal de la villa San Pete", haciendo alusión al asentamiento llamado San Petersburgo.
"Me dijo que lo piense porque iban a volver a reventar la casa y matar a todos", aseguró la mujer, la cual miró al ex concejal y lo señaló como el autor de esas palabras.
Al día siguiente, alrededor de las 20, nuevamente fue a la vivienda un grupo de personas armadas que era encabezado por "este señor" (Lizarraga), que tenía un tapado gris, su hijo "Raulito", Joaquín Maximiliano Cáceres (25), alias "El Gordo", quien en 2014 fue condenado a prisión perpetua por este crimen, y otro hombre abrigado con una campera azul de la municipalidad de La Matanza.
"Un grupo de mujeres me pegó patadas y me agarró de los pelos, en ese momento escucho tiros y un 'ya está, ya está'. Cuando me levanto veo a Lizarraga apuntando a mi esposo que ya estaba herido en el piso", recordó la esposa con lágrimas en los ojos.
De acuerdo a la testigo, ella le recriminó lo que había hecho y el imputado, tras apuntarla con una pistola, la empujó.
"En este sentido tomo en cuenta su tranquilidad al deponer, la impresión favorable causada, su naturalidad, la espontaneidad en las respuestas, ricas en detalles, la ausencia de vacilaciones, el lenguaje carente de artificios y preconceptos y la firmeza que mostró la señora Gómez para sostener su versión", destacó en su fallo la jueza Schiebeler.
Además, el TOC valoró otros testimonios como el de Guillermo Viera, hermano de la víctima, quien relató que la noche del crimen estaba en su casa cuando escuchó "gritos" y "amenazas".
Durante su exposición, el hombre se dio vuelta, señaló con el dedo a Lizarraga y dijo "este era" quien estaba a pocos metros cuando escuchó el disparo y vio caer herido a su hermano.
Para esta sentencia, el tribunal resaltó el fallo contra Cáceres en el que quedó acreditado que "la acción de cada uno de los sujetos armados que intervinieron en el suceso no perdió entidad ejecutante, ya que individualmente cada uno confluyó en el obrar matador mediante un aporte objetivo -material o moral- al hecho que resultó indispensable para su perpetración".
Además, los jueces rechazaron el pedido del abogado Alberto Fornaro, representante de la víctima, respecto a que se trató de un "homicidio en riña".
"Ha existido un acuerdo previo entre las voluntades de los sujetos agresores para dar muerte a los integrantes de la familia Viera, por lo que la figura del homicidio en agresión debe ser rechazada", indicó el tribunal.
Es que para los jueces, la defensa "no introdujo hechos o situaciones concretas que sustenten razonablemente su hipótesis, ni ha acercado, mediante un desarrollo serio, circunstancias que pudieran descalificar aquellos relatos y teñir de sospecha la directa imputación que la familia Viera enderezó contra el acusado, quien reconoció espontáneamente a Raúl Andrés Lizarraga como uno de los protagonistas de los sucesos que estaban relatando".
"Al momento de hacer uso de la palabra al finalizar la audiencia, (el acusado) intentó un sollozo mientras evocaba a su familia y decía que esto era una injusticia, congoja que no se apreció en la persona del imputado toda vez que no evidenció signos de padecimiento alguno por la injusta – según su versión – imputación en su contra en tan aberrante suceso", concluyó el fallo.
Foto: http://www.tres65.com/