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La jueza federal de San Martín Martina Isabel Forns dispuso una medida cautelar que frena el aumento de la tarifa de la luz, ante un reclamo presentado por el Hospital Privado Nuestra Señora de la Merced, ubicado en la localidad bonaerense de Martín Coronado, partido de Tres de Febrero.
La magistrada hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó la suspensión de la aplicación de los incrementos dispuestos por las resoluciones 6 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería, y 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
También ordenó a la distribuidora eléctrica Edenor que devuelva en las próximas facturas los incrementos que eventualmente haya cobrado al mencionado hospital y que no incluya nuevos aumentos por el término de tres meses.
En sus considerandos, la jueza consideró que “no resulta razonable, prima facie, que un ciudadano o empresario se encuentre de la noche a la mañana con que sus costos -en este caso, el consumo de energía eléctrica- se han multiplicado por cinco, seis o más veces”.
En ese sentido, tras afirmar que la magnitud del incremento “atenta contra todas las reglas de razonabilidad”, la jueza se preguntó retóricamente “por qué no se ha recurrido a un criterio de gradualidad si lo que se pretende es volver a un supuesto equilibrio macroeconómico”.
En su escrito de 17 hojas, Forns entendió que estos aumentos “resultan no sólo desproporcionados e irrazonables -excesivamente onerosa- con todas las demás variables económicas a tener en cuenta, especialmente, la inflación, los salarios de la población y demás costos actuales, sino que tales medidas de ajuste debieron ser consultadas, expuestas en una nueva audiencia pública”.
La decisión judicial tomó en cuenta “la inobservancia de la audiencia pública y el riesgo para la actividad de la clínica, la salud y la vida misma de sus afiliados y pacientes”, por lo cual afirmó que amerita “una protección especial no sólo garantizada constitucionalmente sino a nivel de los tratados internacionales de los Derechos Humanos”.
Al hacer lugar a la medida cautelar, la jueza ordenó la suspensión de la aplicación de los incrementos dispuestos por las Resoluciones 6 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería, y que Edenor liquide la factura del Hospital Privado de la Merced con vencimiento 28 de marzo a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones referidas por el término de tres meses.
Para el caso de que los aumentos facturados se hubiesen abonado a la fecha de notificación, “sus importes deberán tenerse por pagados a cuenta reintegrándose su monto en las próximas facturas hasta su compensación total”.
La medida comprende también a las boletas que Edenor emite en lo sucesivo que no deberán incluir el aumento previsto por el término de tres meses a partir de la notificación.